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¿ERES UN PARTICULAR?

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Desgravaciones fiscales para particulares (IRPF)

Consulta qué beneficios fiscales tienes al realizar tu donación a la Universidad de Navarra. Cada año, en los meses previos a la campaña de la Declaración de la Renta, te haremos llegar un certificado con tu donación para que la puedas declarar convenientemente.

Si lo deseas, desde la Oficina de Desarrollo te ofrecemos asesoramiento especializado para realizar tu donación. Ponte en contacto con nuestros responsables de desarrollo. 

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¿Cuál es mi desgravación?

La deducción será del 80% para los primeros 150 euros donados y del 35% para el resto. El porcentaje del 35% se aumentará hasta el 40% en aquellos casos en los que se haya donado una cantidad igual o superior en los dos ejercicios fiscales anteriores.

El importe máximo a deducir junto con la deducción por actuaciones para la protección y difusión del Patrimonio Histórico Español y de las ciudades, conjuntos y bienes declarados patrimonio de la humanidad no podrá superar el 10% de la base liquidable del impuesto.

La deducción será del 25% de las donaciones efectuadas.

Para los proyectos que cumplan los requisitos fijados por la Ley Foral 8/2014, de 16 de mayo, de Mecenazgo Cultural y de sus incentivos fiscales en la Comunidad Foral de Navarra, la deducción será del 80% para los primeros 150 euros y del 40% para lo que exceda de 150 euros. En estos momentos el Museo de Arte Contemporáneo goza de este beneficio fiscal especial, al igual que el Museo de Ciencias.

Esta deducción tiene un límite conjunto con la deducción por cuotas sindicales, con la deducción por cuotas y aportaciones a partidos políticos y con la deducción por inversiones en instalaciones de energías renovables, en vehículos eléctricos o híbridos enchufables y en sistemas de recarga del 25% de la base liquidable del impuesto.

Podrá deducirse el 30% de su donación.

La base de la deducción no podrá exceder del 35% de la base liquidable de este impuesto.

Podrá deducirse el 20% de su donación.

La base de la deducción no podrá exceder del 30% de la base liquidable de este impuesto.

Podrá deducirse el 20% de su donación.

La base de la deducción no podrá exceder del 30% de la base liquidable de este impuesto.

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¿ERES UNA EMPRESA?

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Desgravaciones fiscales para empresas (Impuesto de Sociedades)

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¿Cuál es la desgravación para mi empresa?

Deducción en cuota 35% de la base de la deducción. Además, si la donación es recurrente y supera los 3 años pasará del 35 al 40%.

Límite de la base de la deducción debe ser menor del 10% de la base imponible del contribuyente.

Exceso: 10 años

Deducción como gasto en la base imponible con el límite del 10% de la base imponible o 1x1000 de los ingresos.

Podrán deducirse el 30% de su donación en la cuota líquida.

La deducción no podrá exceder del 35% de la cuota líquida.

El importe de las donaciones debe ser igual al gasto deducible en base imponible.

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