Ana Azurmendi, , Profesora titular de Derecho de la Comunicación
La redacción definitiva será clave
Por fin el Tribunal de Justicia Europeo reconoce el derecho al olvido. Nueve agencias europeas y la canadiense de protección de datos, además de muchos ciudadanos y empresas esperaban desde hace cuatro años esta sentencia: el derecho al olvido ha alcanzado su reconocimiento jurisprudencial mediante respuesta del Tribunal de Justicia Europeo alaconsultade la Audiencia Nacional sobre el caso Mario Costeja. Queda pendiente aún el importantísimo paso de su redacción definitiva dentro del nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos.
A partir de ahora, Google y los motores de búsquedas son jurídicamente responsables por los resultados que indexan. Así, quienes deseen que sus nombres, marcas, empresas, actividades se desvinculen en Internet de contextos que consideren inadecuados ("inadecuados", todo un mundo), comentarios de terceros ofensivos, etc. deberán, en primer lugar, reclamar su derecho ante Google o similar. Secundariamente podrá solicitarse algún tipo de medida a los periódicos o boletines oficiales, fuentes originales de donde Google sorbe toda su potencialidad de búsqueda. Parece lógico pensar que a un periódico no se le puede pedir que cambie una noticia que publicó hace años y que en la actualidad, con la capacidad de recuerdo eterno de Google, causa un perjuicio injusto auna persona. Pero quizá sí.
Una de las soluciones que se barajan para mitigar este perjuicio, a la vez que se respeta la libertad de expresión, consiste en establecer un plazo de tiempo razonable para la accesibilidad universal, a partir del cual caben dos opciones. En primer lugar, eliminar esos datos de la fuente original, sustituyéndolos por iniciales. O bien plantear un doble paso en el acceso a la información, de manera que los contenidos publicados por medios a partir de una fecha pasen a un fondo de hemeroteca no accesible directamente para los motores de búsqueda, sino que sería necesario entrar en la web del medio y desde ahí iniciar otro proceso de registro y de búsqueda.
La temporalidad de los datos frente a su permanencia en Internet es una de las ideas de las que más se habla como medio para incorporar el derecho al olvido. Pero la oposición a esta temporalidad del mantenimiento de datos personales en Internet tiene también su razón de ser. Una de las críticas más repetidas contra el derecho al olvido es que, de aplicarse, facilitaría un tipo de censura sutil, en la medida en que, si se permite a todas las personas eliminar sus datos personales según su deseo, dejarían de estar accesible datos relevantes y, en consecuencia, podría darse lugar a una falsificación de la realidad.