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"El 30% de los casos que llegan al despacho relacionados con el Derecho de Familia tienen un componente internacional"

Leyre Ecenarro, socia del despacho Fuster-Fabra, habló de las crisis de pareja, en la última sesión del ciclo Family First del Máster de Derecho de Familia

17 | 04 | 2023

Leire Ecenarro, socia y responsable del Departamento de Derecho de Familia en el despacho Fuster-Fabra Abogados protagonizó la última sesión del ciclo de conferencias online Family First, organizado por el Máster de Derecho de Familia de la Universidad de Navarra. “El 30% de los casos que llegan al despacho relacionados con el Derecho de Familia tienen un componente internacional, ya sea comunitario o extracomunitario”, destacó. Durante su intervención, bajo el título Las crisis de pareja en una sociedad plurinacional, Ecenarro abordó las diferentes casuísticas que estudian los profesionales del Derecho de Familia e incidió en la necesidad de contar con abogados especializados en Derecho Internacional de Familia. “Estamos en una sociedad global. Las familias han cambiado a pasos agigantados. El elemento internacional es una constante hoy en día”, señaló. 

Ecenarro estructuró su intervención en cuatro supuestos: la crisis de familia que deriva en un matrimonio roto, un divorcio o un procedimiento de relaciones paterno filiales; los casos en los que se cuenta con una sentencia dictada por un país extranjero y se estudia cómo debe ser su reconocimiento y ejecución en España; derecho preventivo: aplicación de pactos; y los casos de sustracción de menores, en los que un miembro de la pareja de otra nacionalidad se lleva al menor a su país de origen. 

Antes de enumerar los distintos reglamentos, Ecenarro hizo algunas consideraciones: “El derecho civil  nacional es de aplicación marginal. El derecho de familia es principalmente comunitario y no hay uniformidad en la ley aplicable, sino que cada país tiene sus normas. En cada caso, hay que determinar la residencia habitual y nacionalidad de las partes y distinguir entre ciudadanos comunitarios y extracomunitarios o procedentes de un país que es o no, suscriptor del Convenio de La Haya de 1980. En cada supuesto tenemos que analizar cuál es la jurisdicción y competencia de los tribunales españoles y, en segundo lugar, ver qué ley es aplicable”, avanzó.  

Ecenarro centró un momento su exposición en los casos de sustracción de menores para destacar la importancia de actuar con celeridad y agilidad. “Si el procedimiento de restitución de un menor no es ágil, podría llevar a preguntarnos: ¿Cuál es el interés del menor que lleva años viviendo en otro país y está adaptado a él? La celeridad es primordial en aras de no prolongar una situación, que parte de un hecho ilícito y que nos lleve a concluir que el menor se quede en el país que lo ha sustraído, premiando, de ese modo al progenitor sustractor”. 

Ecenarro apuntó después algunas cifras: en su despacho se producen de media diez casos al año de sustracción de menores; Según explicó, en nuestro país se han agilizado bastante los procesos para resolver estos casos. La competencia de los Tribunales se han concentrado en las capitales de provincia, con un procedimiento urgente y sumario y la media de resolución del conflicto está en un mes o mes y medio.

“La especialización en Derecho de Familia es fundamental para poder dar una pronta respuesta a estos supuestos. Además, el máster en Derecho de Familia nos puede facilitar y ayudar a tejer redes profesionales y contactos internacionales con otros abogados expertos que, en un momento dado, nos pueden ayudar a resolver casos en los que nosotros no tenemos jurisdicción o desconocemos la ley aplicable de concluir que es la de otro estado”, afirmó. 

Leire Ecenarro se refirió también a la mediación, que puede ser pública o privada. Un procedimiento totalmente válido pero que, a juicio de la abogada de Fuster-Fabra, a veces, la solución se prolonga en el tiempo.  “La mediación tiene que ser voluntaria”, aclaró en primer lugar. “No obstante, en algunos casos, no es tan efectiva porque las partes inmersas en un procedimiento de familia requieren soluciones rápidas y, en el momento que abres la vía de la mediación, el procedimiento judicial se para. Pienso que sería más eficaz que el procedimiento judicial siga su curso aunque se explore también la vía de la mediación para resolver el conflicto”, concluyó. 

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