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“Queda mucho camino por recorrer en el reconocimiento de los derechos de las personas con discapacidad funcional manifiesta”

Nadia Domínguez, que defendió su tesis en la Facultad de Derecho, analiza la situación en el ámbito político de las personas con DFM

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FOTO: Manuel Castells
06/05/19 16:16 Blanca Rodríguez

La Junta Electoral Central recogía en la instrucción del día 11 de marzo la extensión del derecho a sufragio a las personas con discapacidad, pero lo hacía con un matiz que provocó un debate en torno a este tema, pues incluía la precisión: "En el supuesto de que algún miembro de una Mesa electoral, o algunos de los interventores o apoderados adscritos a esa Mesa considere que el voto de una persona con discapacidad no es ejercido de forma consciente, libre y voluntaria, lo podrá hacer constar en el acta de la sesión, pero no se impedirá que dicho voto sea introducido en la urna". Días después eliminaba el apunte de "persona con discapacidad", haciendo extensible este criterio a todos los ciudadanos.

Nadia Domínguez, que defendió (DIC ’18) su tesis ‘Las personas con diversidad funcional manifiesta en el ámbito político. Especial referencia a la situación de las mujeres’ en la Facultad de Derecho de la Universidad de Navarra, analiza la situación en el ámbito político de las personas con diversidad funcional manifiesta (DFM).

¿Las personas con DFM sufren discriminación en el ámbito político?

Tomando en consideración que España, como país firmante de la Convención sobre los derechos de las Personas con Diversidad Funcional Manifiesta, reconoce a este grupo poblacional el derecho establecido en el artículo 29, no se puede desconocer que pese a ello hasta hace muy poco en la España del Siglo XXI un gran número de ciudadanas y ciudadanos (aproximadamente 100.000), tenían “prohibido” su derecho al sufragio tanto activo como pasivo (es decir, elegir a las personas que les representarían en el ámbito político y poder presentarse como candidatas) como consecuencia de sentencias judiciales de modificación de su capacidad de obrar, lo que produjo que fuesen eliminadas del Censo Electoral. Lo precedente es una clara muestra de violación de la Convención y uno de los muchos derechos que han sido vulnerados a estas personas, lo cual nos lleva a señalar que es una forma de discriminarlas en el ámbito político.

¿De qué modo puede facilitarse el respeto de los derechos de las personas con DFM en el ámbito político?

Teniendo en cuenta el anterior interrogante, una de las maneras es que se garantice la accesibilidad en los colegios electorales. En ese sentido, también es importante garantizar la accesibilidad material: que el material sea en braille, en lectura fácil, en lenguaje pictográfico…

¿Cree que queda camino por recorrerse en concienciación y en reconocimiento de sus derechos?

Queda mucho camino por recorrer en torno a la concienciación y reconocimiento de los derechos de las personas con DFM. Se debe trabajar arduamente por el respeto de los Derechos Humanos de este grupo social. La apuesta debe ir encaminada a construir un contradiscurso desde la mirada amplia de la “normalidad”.

En su tesis, ‘Las personas con diversidad funcional manifiesta en el ámbito político. Especial referencia a la situación de las mujeres’, hizo una alusión específica a la situación de las mujeres. ¿Cuál es su situación en el ámbito político?

Con el fin de rescatar del silencio la situación de las mujeres con DFM, conviene señalar que mientras el feminismo denuncia la existencia de un “techo de cristal” que excluye sistemáticamente a las mujeres sin DFM de posiciones políticas relevantes en cualquier institución, como podrían ser las de directivas o lideresas políticas, dicha situación ni siquiera se ha planteado para las mujeres con DFM, puesto que la mayoría viven en posiciones de “suelo pegajoso”; es decir, en situaciones de bajos salarios, reducidas al ámbito doméstico y desempleadas.

¿Cuáles fueron las conclusiones derivadas de su investigación? 

Algunas van encaminadas a visibilizar que, en torno a la participación política de este sector de la población, los derechos sobre los que más han incidido las normas han sido los referentes a la accesibilidad (instalaciones-materiales electorales) y el sufragio activo. No se hace énfasis en el sufragio pasivo; lo que llevó a concluir que se requieren medidas para tal fin. Por otra parte, que existe una literatura suficiente sobre mujer-participación y representación política; también sobre la mujer con DFM. Pero no existen publicaciones relacionadas con la participación y representación política de estas mujeres. La mayor parte de los estudios se han realizado desde los ámbitos de la pobreza, la dependencia o la sanidad.

¿Cuáles son las dificultades que las personas con DFM encuentran a la hora de desarrollarse profesionalmente en la política y la gestión pública?

Partiendo de mi interés feminista, me atrevo a afirmar que las dificultades que encuentran las mujeres con DFM a la hora de desarrollarse profesionalmente en la política y la gestión pública van encaminadas a que los prejuicios, estereotipos y la imagen que el resto de la sociedad les adjudica conlleva a que se encuentren en una situación de “doble desventaja”, que les afecta en el desarrollo de su autonomía personal y hace que muchas de ellas estén aisladas de la esfera social.

Desde los gobiernos, ¿se ejecutan medidas inclusivas reales para las personas con diversidad funcional?

Se han dado pasos importantes en el tema de la integración e inclusión de las personas con DFM, sobre todo en aspectos concernientes a lo sanitario, educación y laboral, y se han conseguido avances en su participación política. Sin embargo, se debe subrayar que no se ha conseguido un instrumento jurídico de alcance obligatorio encaminado a conseguir la incorporación de las personas con DFM, en general, y de las mujeres, en particular, en relativo a su representación política.

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