Resumen:
El Tribunal Supremo se pronuncia sobre un nuevo conflicto de competencias en materia de IVA entre la Administración del Estado y una Diputación Foral. Ambas Administraciones están obligadas a la devolución de las cuotas soportadas en la proporción de las operaciones realizadas en los respectivos territorios por un sujeto pasivo no establecido. El Tribunal abunda en los criterios de atribución de la competencia foral, basados en las ideas de actividades accesorias y valor añadido suficiente.