Resumen:
El Tribunal Supremo considera que los contratos ¿llave en mano¿ de instalaciones industriales constituyen entregas de bienes inmuebles, con la consecuencia de que las entregas de parques eólicos, fotovoltaicos y termosolares realizadas por empresas navarras se consideran realizadas en su lugar de radicación en territorio común y la exacción del IVA y el IS corresponde a la Administración del Estado