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Acceso, Admisión y Funcionamiento

El acceso y la admisión al Programa de Doctorado en Comunicación se verifica de acuerdo con lo que beneficia los artículos 6 y 7 del RD 99/2011.

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Gestiones Administrativas

La Universidad de Navarra ha aprobado la "Instrucción sobre los Programas de Doctorado de la Universidad de Navarra", de octubre de 2011, en la que se establecen, de acuerdo con el R.D. 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, los requisitos de acceso generales al Doctorado. De acuerdo con ese R.D. 99/2011, de 28 de enero, los requisitos generales de acceso al Doctorado son:

 1. Con carácter general, para el acceso a un programa oficial de doctorado será necesario estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster universitario, o equivalente, siempre que se hayan superado, al menos, 300 créditos ECTS en el conjunto de estas dos enseñanzas.

 2. Asimismo podrán acceder quienes se encuentren en alguno de los siguientes supuestos: 

a) Estar en posesión de un título universitario oficial español, o de otro país integrante del Espacio Europeo de Educación Superior, que habilite para el acceso a Máster de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre y haber superado un mínimo de 300 créditos ECTS en el conjunto de estudios universitarios oficiales, de los que, al menos 60, habrán de ser de nivel de Máster. 

b) Estar en posesión de un título oficial español de Graduado o Graduada, cuya duración, conforme a normas de derecho comunitario, sea de al menos 300 créditos ECTS. Dichos titulados deberán cursar con carácter obligatorio los complementos de formación a que se refiere el artículo 7.2 de esta norma, salvo que el plan de estudios del correspondiente título de grado incluya créditos de formación en investigación, equivalentes en valor formativo a los créditos en investigación procedentes de estudios de Máster.

 c) Los titulados universitarios que, previa obtención de plaza en formación en la correspondiente prueba de acceso a plazas de formación sanitaria especializada, hayan superado con evaluación positiva al menos dos años de formación de un programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud. CSV: 428725577953901018733613 - Verificable en https://sede.educacion.gob.es/cid y Carpeta Ciudadana https://sede.administracion.gob.es Identificador : 5600061 Fecha : 21/07/2021 13 / 38 

d) Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros, sin necesidad de su homologación, previa comprobación por la universidad de que éste acredita un nivel de formación equivalente a la del título oficial español de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de Doctorado. 

e) Estar en posesión de otro título español de Doctor obtenido conforme a anteriores ordenaciones universitarias. 

f) Estar en posesión de un título universitario oficial que haya obtenido la correspondencia al nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de Educación Superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado. 

La admisión al Doctorado en Comunicación se regirá por los criterios específicos del programa, siempre que cumpla las condiciones generales de admisión de la Universidad de Navarra. Los alumnos que soliciten la realización del Programa de Doctorado a tiempo parcial deberán cumplir los mismos requisitos previos de acceso, y seguirán el mismo procedimiento de admisión que el resto de los alumnos.  

Perfil Recomendado: Estudiantes que acrediten los requisitos previstos en el RD 99/2011 modificado por el RD 576/2023, de 4 de julio, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, con estudios de Grado en Artes y Humanidades o en Ciencias Sociales y Jurídicas, y con un máster relacionado con la investigación en comunicación. Deberán tener conocimiento acreditado de idioma inglés y de español, nivel B2. Forman parte de este perfil los licenciados/as en áreas directamente relacionadas con la Comunicación: Comunicación, Periodismo, Comunicación Audiovisual, Publicidad y Relaciones Públicas con los mismos requisitos de idiomas. Este perfil no requiere complementos de formación.

Perfil Adicional: Estudiantes que acrediten los requisitos previstos en el RD 99/2011 modificado por el RD 576/2023, de 4 de julio, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, con estudios de Grado en Artes y Humanidades o en Ciencias Sociales y Jurídicas, y con un máster no relacionado con la investigación en comunicación. Deberán tener conocimiento acreditado de idioma inglés y de español, nivel B2. Forman parte de este perfil los licenciados/as en áreas no directamente relacionadas con la Comunicación, aunque pertenecientes a Ciencias Sociales y Jurídicas, Artes y Humanidades, con los mismos requisitos de idiomas. Este perfil requiere complementos de formación.

1. Métodos de investigación en comunicación

2. Escritura de investigación

3. Teorías de la comunicación

Calendario complementos de formación

Cumplidas las condiciones legales de acceso, se establecen los siguientes criterios de admisión:

1. Expediente académico: supondrá el 80% de la valoración. En el caso de acceso a través de título oficial de grado y máster universitario, el 50% corresponderá al expediente de grado y el 30% al de máster. En el supuesto de acceso de licenciados/as que no hayan cursado máster, el 80% corresponde al único expediente disponible. Si han cursado máster, el 50% corresponde al expediente académico de licenciatura y el 30% al de máster.

2. Experiencia profesional e investigadora: supondrá el 20% de la valoración global del expediente. Los candidatos/as aportarán un curriculum vitae en el que detallarán su experiencia profesional e investigadora. Para valorar la experiencia investigadora se tendrá en cuenta, entre otros: participación en proyectos de investigación; publicaciones académicas; participación en congresos y/o seminarios; actividades de transferencia o divulgación; becas o premios asociados a la investigación. Para valorar la experiencia profesional se tendrá en cuenta, entre otros: relación entre el ámbito profesional y el objeto de la investigación; nivel de responsabilidad y funciones desempeñadas; prestigio o relevancia de la organización; y competencias adquiridas y aplicadas.

Además, presentarán una carta de motivación en la que se expresen las razones por las que se desea realizar el doctorado y su interés investigador. Esta carta permitirá valorar la inquietud intelectual por profundizar en el conocimiento científico. La puntuación mínima que debe alcanzar el candidato/a para su admisión es de 50 puntos sobre 100.

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