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Deontología Biológica

Índice del Libro

Capítulo 18. Experimentación en fetos humanos

N. López Moratalla

a) El significado de "vida humana"

"Cualidades" de la vida humana

Los conocimientos científicos dejan bien claro y fuera de dudas que el comienzo de la existencia de cada ser vivo se produce con la fusión de los gametos de sus progenitores, momento en el que se constituye su programa genético. Por tanto, los mismos principios expuestos para la ética de la experimentación científica en el hombre tienen idéntica validez y grado de exigencia en todo lo que se refiere a la experimentación en la fase embrionaria o fetal de su vida. La existencia de aspectos específicos en estas investigaciones es el motivo de tratarlos separadamente.

Las investigaciones acerca del diagnóstico prenatal y del tratamiento intrauterino son de una gran importancia y, de hecho, se prevén considerables avances en un futuro próximo. Sin embargo, algunas prácticas biomédicas con fetos hacen presagiar que estos avances en el campo de la Ciencia pueden con facilidad convertirse en terribles retrocesos en el campo de lo humano. El retroceso supone, en primer término, arrogarse el poder de decidir sobre la vida de un no-nacido, por el simple hecho de ser una vida "no deseada", a sabiendas de que es una vida humana que exige, por tanto, todo el respeto.

Han sido muy numerosos los esfuerzos encaminados a introducir la práctica abortiva y anticonceptiva, primero, y más tarde la de fecundación "in vitro", para insensibilizar las conciencias y borrar el valor de la "vida humana" a base de establecer diferentes "calidades". Se suman a estos esfuerzos los de científicos -para quienes todo valor puede ser sacrificado en aras del progreso científico- deseosos de disponer del material más adecuado para sus trabajos y, además, barato; no se puede ignorar que disponer de un embrión de mono, teniendo en cuenta la cría de sus progenitores y la baja natalidad, resulta muy caro.

Esta actitud aberrante prende fácilmente cuando se admite que puede haber vidas humanas que no sean tan dignas de ser vividas por razones de raza biológica, de pertenencia a pueblos pobres o incultos, por edad, o por enfermedad. Si esto se llega a admitir, se está a un paso de aceptar que la condición de humano no estaría en sí mismo, en el hombre, sino que le vendría otorgada por otros y dependería, por lo tanto, de su generosidad. De igual forma que habría vidas humanas indignas de ser vividas, porque no son útiles desde el punto de vista de rentabilidad socioeconómica, un hijo no deseado, no "planificado", se convierte en un "indeseable"; y no sólo porque sea un intruso que perturba la paz familiar y el equilibrio psíquico de la madre y por ello merezca no nacer, sino porque, llega incluso a decirse, no es una vida humana. Así lo afirmaba Giséle Halini, la feminista francesa promotora de la legalización del aborto: "esta vida -la del niño que va a nacer- no se convierte en vida más que por el deseo que yo, mujer, tengo de ella. Por el contrario, jamás será vida contra mi propia voluntad, sino un amasijo de células malignas, que quemará en mi cuerpo traicionado". Ser persona o ser tumor dependería, pues, del deseo de la madre.

En 1973, el Washington Post publicaba un esquema comparativo del aborto y la esclavitud -"Dos casos de desprecio de la vida humana"-, realizado por una organización norteamericana para la protección del derecho a la vida. El paralelismo es escalofriante al mismo tiempo que revelador:

"La esclavitud" (1857)

Aun cuando posea un corazón y un cerebro, y biológicamente se le considere humano, un esclavo no es una "persona" ante la ley. La decisión del Tribunal Supremo de los Estados Unidos lo afirma claramente.

Un hombre de la raza negra sólo recibe su personalidad jurídica al ser libertado; antes no debemos preocuparnos por él, pues no tiene derechos ante la ley.

Si usted considera que la esclavitud es mala, nadie le obliga a tener un esclavo, pero no imponga su moralidad a los demás.

Un hombre tiene el derecho de hacer lo que desee con su propiedad.

¿No es, acaso, más humanitaria la esclavitud? Después de todo ¿no tiene el negro el derecho a ser protegido? ¿No es mejor, acaso, ser esclavo que ser arrojado sin preparación o experiencia a un mundo cruel? (Afirmación hecha por una persona que ya es libre).

"El aborto" (1973)

Aun cuando posea un corazón y un cerebro, y biológicamente se le considere humano, el niño no nacido no es "una persona" ante la ley. El Tribunal Supremo de los Estados Unidos lo ha afirmado claramente.

Un niño sólo adquiere personalidad jurídica al nacer; antes no debemos preocuparnos por él, pues no tiene derechos ante la ley.

Si usted considera que el aborto es malo, nadie le obliga a hacerlo, pero no imponga su moralidad a los demás.

Una mujer tiene el derecho de hacer lo que desee con su propio cuerpo.

¿No es, acaso, más humanitario el aborto? Después de todo, ¿no tienen todos los niños el derecho de ser "deseados" y amados? ¿No es mejor, acaso, que jamás llegue a nacer un niño, antes de que tenga que enfrentarse solo y sin amor a un mundo cruel? (Afirmación hecha por una persona que ya ha nacido).

¿Se convertirá el niño no nacido en el "Dred Scott" de hoy o utilizará nuestra nación sus grandes recursos para respetar toda vida humana, sea de una persona de raza negra o blanca, pobre o rica, de hombre o de mujer, de niño no nacido o de anciano octogenario?".

Una pregunta surge de inmediato: si es así ¿dónde poner la barrera del "control de calidad"? Es asombroso ver como un tribunal absuelve al Dr. Leonard Arthur, acusado de matar, mediante la administración de drogas, a un niño nacido mongólico y por ello no aceptado por sus padres, mientras que más de un hospital norteamericano es condenado a pagar fuertes indemnizaciones a los padres de niños nacidos con anomalías congénitas, no detectadas por impericia de los médicos. Puede estar próximo el momento en que un hijo se querelle jurídicamente con sus padres porque permitieron que naciera con un defecto físico.

Inicio de la vida humana

La cualidad de vida humana no está disociada de la vida biológica, del mismo modo que no existe una vida humana y otra humanizada, que sería la digna de respeto, porque en ella se sea útil, se esté sano y no estorba a otros. Cada hombre tiene una única vida, que se inició en el momento de su concepción, durante la cual es una perfecta unidad de cuerpo y espíritu, y de ahí su dignidad, sean cuales sean las condiciones biológicas por las que atraviese o en las que se encuentre. Es tan obvio como que "nadie distingue, por ejemplo, -comenta A. del Amo- referido al perro entre vida y vida canina; un cigoto de perro es un perro o no es nada, y lo mismo sería válido para cualquier otra especie". Sin embargo, los intereses de los defensores de la prácticas abortivas o anticonceptivas y de la utilización de embriones precoces, procedentes de la fecundación "in vitro" para experimentación, han ido concediendo la cualidad humana según conviniese: a los 14 días de la concepción tras la nidación, o tras el inicio del desarrollo cerebral -tres meses-, o simplemente cuando, expuesto a condiciones antinaturales, es decir, fuera del útero antes de completarse la gestación, resulte viable según los adelantos de las técnicas disponibles en ese momento. Así afirmaba Hoult1, que la vida humana pasa por el siguiente ciclo general: a) en útero, el embrión o feto tiene una "animación" protoplásmica, dependiente de la energía de su madre, b) después de un nacimiento viable, el individuo humano tiene, además de la protoplásmica, otra organísmica en la que empieza a depender de sí mismo y, por tanto, es independiente; c) tras la muerte cerebral, en el cuerpo, perdura la protoplásmica, pero ya no independiente -a no ser que sea mantenida artificialmente- y un tiempo después de la muerte sucede la muerte protoplásmica. La vida protoplásmica se originó -dice Hoult- hace 3.000 millones de años y ha continuado sin interrupción a través de repetidas divisiones celulares que median la herencia humana. A un embrión o un feto no se le atribuye más cualidad de vida que la protoplásmica, unida a la vida protoplásmica de su madre a través de su dependencia energética. Pretensiones de este tipo carecen totalmente de fundamento, máxime si se trata, como en este caso, de buscar motivos para reclamar la propiedad del embrión y la libertad de su uso por parte de los laboratorios científicos. No admite duda, ni la ha admitido nunca, el hecho de que en la naturaleza los animales, aun aquellos que a veces forman colonias o sociedades, aparecen como individuos con una vida propia y única; tras la muerte de los organismos pluricelulares algunas de sus células siguen siendo sustancia viva durante un tiempo, pero ha perdido ya la unidad funcional que manifieste la individualidad. Como señala F. Ponz2, "desde que al fertilizarse el óvulo se forma el cigoto, y se inicia la vida del nuevo ser, hasta que se produce la muerte, hay en el individuo una manifiesta continuidad, sean cuales sean los estados intermedios. En cualquier momento ese individuo resulta identificable con el que era antes o con el que será más tarde. Se advierte en el animal en todo momento una corporalidad morfológicamente coherente, con partes, miembros y órganos físicamente unidos para formar un cuerpo. Las funciones de todas estas partes cobran sentido en orden al vivir del organismo entero. Y en toda su actividad, espontánea o provocada, se circunscriba a una parte reducida o sea más bien general, la acción es propia del animal como un uno, como un todo.

... En el plano fisiológico, esta unidad del individuo se aprecia como unidad funcional, y supone organización: jerarquización y ordenación de funciones, de modo que las más elementales dan lugar a actividades coherentes de orden superior, éstas se coordinan entre sí para desarrollar funciones de mayor rango y así sucesivamente hasta que por integración de todas se consigue el vivir animal unitario. La unidad funcional requiere subordinación operativa, correlación entre partes y funciones parciales, control de todas las actividades al servicio de ese vivir unitario, armónico y equilibrado". Y esa unidad funcional, esa organización existe desde que el individuo tiene dos células: las interacciones específicas entre las membranas de esas células la mantienen.

También carece de todo fundamento científico la pretensión de relacionar el comienzo de la vida humana con alguna fase concreta. Para algunos en concreto se situaría en el desarrollo cerebral. No hay ninguna etapa en la que se dé el paso de ser otra cosa a ser vida humana. Con la fecundación se inicia un proceso único e irreversible en que los genes se van expresando de acuerdo con el estricto programa del desarrollo embrionario. Como señala G. López3, en ese programa continuo se inscribe también el desarrollo cerebral: "el sugestivo capítulo de la Neuroembriología ofrece múltiples datos demostrativos de que esta programación y dirección del desarrollo del sistema nervioso es un hecho. El estudio morfológico revela que los primeros signos de diferenciación del sistema nervioso comienzan en las células ectodérmicas de la línea media sobre la notocorda. Las células de la notocorda van cambiando y se hacen más alargadas, formando la placa neural, en la cual ya se puede diferenciar, en la tercera semana, lo que será médula de lo que formará el encéfalo. Después, la placa se transforma en el canal nervioso que sigue mostrando el desarrollo simultáneo de médula y encéfalo, apareciendo las vesículas encefálicas, al final del primer mes. Continúan creciendo todas las estructuras nerviosas en un desarrollo integral programado, con interconexiones recíprocas moleculares, desarrollo y crecimiento de axones, etc. (...); el sistema nervioso se desarrolla como una unidad, y en cualquier punto de las estructuras embrionarias de los centros nervioso, las células tienen actividad -actividad nerviosa- en fase muy precoz. Las neuronas tienden una a otras, y se establecen interconexiones de alta especificidad. La célula nerviosa embrionaria, cuando aún no ha alcanzado verdadera morfología neuronal, presenta unas extensiones, llamadas filamentos de avance, que progresan en muchas direcciones como explorando el medio. Son estructuras dinámicas que avanzan y retroceden en minutos para establecer conexión diferencial con superficies de otras neuronas, y así va preparándose el crecimiento axónico hasta constituir el entramado de fibras del sistema nervioso central.

Por otra parte, todo indica que en los primeros meses y aun años de la vida extrauterina, se producen profundos cambios en el sistema nervioso, pero lo importante es que el desarrollo se hace sin solución de continuidad, y las capacidades funcionales sensoriales y motoras van apareciendo gradualmente. El sistema nervioso es el mismo, controlado por la misma potencialidad genética, tanto en los primeros días del desarrollo embrionario, como al cabo de unos meses o después del parto. Señalar un momento de cambio radical, para opinar que ahí empieza la vida humana, sería una arbitrariedad incompatible con los conocimientos más elementales de la Neurobiología".

La actual polémica entre "developmentalists" y "conceptionists" no es más que una pseudopolémica, un filosofismo introducido en el mundo científico por intereses no precisamente científicos. No se trata de opiniones discutibles porque falte seguridad en los datos experimentales. La ciencia experimental demostró hace tiempo que con fertilización se produce un nuevo individuo cuyo programa de desarrollo y vida es diferente del programa de sus progenitores. Ahí está ya su principio de vida; ese programa marca el desarrollo de la totalidad de su organismo y en él está perfectamente situado también el programa de desarrollo del sistema nervioso como el de los demás sistemas.

b) Detección precoz de anomalías

Muchas son las técnicas biológicas y las exploraciones intrauterinas que se utilizan en la actualidad para el diagnóstico prenatal de enfermedades congénitas; con frecuencia la finalidad es la identificación precoz de embriones o fetos tarados para su inmediata eliminación mediante el aborto. La participación directa o indirecta en éstas técnicas o experimentos, con esa finalidad, está viciada en su origen y como tal es éticamente inadmisible. Igualmente es ilícita toda experimentación con riesgo de dañar la integridad del feto o empeorar sus condiciones, a no ser que se trate de un intento extremo de salvarlo de una muerte segura. La valoración atenta de las consecuencias negativas de la utilización de una técnica diagnóstica -o terapéutica- se hace aún más necesaria, dada la mayor fragilidad de un organismo cuando su vida está en sus inicios.

No se trata de ninguna forma de frenar, o poner obstáculos al progreso científico, sino de detectar con autenticidad lo que puede ser una "forma larvada de aborto provocado", y de valorar con responsabilidad si el coeficiente de riesgo se compensa con una verdadera urgencia del diagnóstico y por la importancia de los resultados alcanzables en favor del mismo concebido, como señaló Juan Pablo II a los participantes en el Congreso Médico Internacional sobre "Diagnóstico prenatal y tratamiento quirúrgico de malformaciones congénitas": "el portador de tal anomalía, en efecto, no pierde por esto las prerrogativas propias de un ser humano, a quien debe tributársele el respeto a que tiene derecho todo paciente".

c) El uso de fetos humanos en investigación

Con el tiempo, en países en que se ha producido la legalización del aborto se ha unido a esta aberración, la de utilizar como material de investigación los fetos humanos, tanto vivos como muertos, tras la práctica abortiva. Como es obvio, toda participación en estos experimentos es ilícita, ya que supone un asesinato directo o una cooperación al mismo.

En 1975, la revista "Pediatrics"4 publicaba lo que los investigadores del "Task Force on Pediatric Research" han elaborado como "Código de Ética para el uso de fetos y material fetal en la investigación". A la incongruencia de otorgar valor absoluto a la investigación científica, de tal forma que se justifique cualquier acción sí con ella se desarrolla la Ciencia, se une la de que este código surja entre pediatras, cuando, no hace mucho, nacía la Perinatología como una rama de la Pediatría que asume al feto humano como paciente.

En la introducción del código, se expresa lo siguiente:

1) "La investigación sobre fetos y recién nacidos es de la mayor importancia en la contribución a la salud y bienestar de toda la población. Tal investigación, motivada por el interés humano, debería continuarse y alentarse, supeditada a unas salvaguardias adecuadas y claramente definidas.

La Academia Americana de Pediatría reconoce que mediante la investigación sobre fetos previables, se pueden alcanzar nuevos conocimientos que, en último término, beneficiarán a los niños viables. La Academia Americana de Pediatría también reconoce que algunos de estos campos de investigación, si bien no arriesgan la salud y bienestar de los fetos, no benefician directamente al feto concreto. En tales casos debe obtenerse el permiso expreso de los padres. La totalidad del feto previable ofrece una importante oportunidad, que no puede obtenerse de ninguna otra forma, para realizar estudios de gran valor acerca de la transferencia de substancias a través de la placenta humana, la reacción del feto inmaduro a las drogas y sobre el desarrollo endocrinológico del feto y de la placenta.

La viabilidad del feto significa la capacidad del feto de sobrevivir después del parto espontáneo (dados los servicios terapéuticos), hasta el punto de mantener el latido del corazón y la respiración con independencia -no artificialmente-. Si el feto tiene esta capacidad es viable y, por tanto, es un prematuro".

La incongruencia, tanto desde el punto de vista ético como científico, de establecer una distinción entre feto previable -sin derecho a que se les respete la vida- y niño inmaduro, es obvia. Es más, la decisión acerca de la viabilidad de un feto en concreto se deja al juicio subjetivo del médico y a la objetividad de la capacidad que la técnica tenga en ese momento para sacar adelante la vida de ese feto, fuera de su entorno natural, el útero materno. Así el código añade: "debido a los rápidos cambios que tienen lugar en el conocimiento médico, la definición de viabilidad debería ser revisada regularmente con objeto de que sea conforme con estos cambios".

La determinación de viabilidad implica un juicio subjetivo y objetivo del médico que atiende o examina el producto de la concepción y debe ser un médico y no un investigador deseoso de utilizar el tejido fetal para la investigación.

En general, a pesar de todas las otras circunstancias, un corazón latente no es prueba suficiente de viabilidad. Al menos una condición necesaria adicional es la posibilidad de que los pulmones puedan llenarse de aire. Sin esta precondición, ningún mecanismo corrientemente asequible, para iniciar o mantener la respiración, puede prolongar la vida y, en este caso, aunque el corazón esté latiendo, el feto o "abortus" no es viable.

"Abortus" significa un feto expulsado completo, antes de ser viable, bien sea espontáneamente o como resultado de una intervención médica o quirúrgica. El término no se aplica al material fetal de la placenta, que es macerado al tiempo de la expulsión, o a las células, tejido u órganos extirpados de un feto muerto".

2) El segundo punto de esta declaración de principios de la citada introducción señala: "Las investigaciones que afecten al feto en el útero o a la mujer embarazada pueden emprenderse con el propósito de beneficiar a un feto concreto o para atender a la salud de la madre, como parte de un procedimiento para poner fin al embarazo, y para evaluar o mejorar los métodos de diagnóstico prenatal, métodos para prevenir un nacimiento prematuro, o métodos de intervención para contrarrestar los efectos de una anormalidad genética, o una lesión congénita, o para cerciorarse de la seguridad o eficiencia, de los fármacos que podría necesitar la mujer embarazada".

Es decir, en un feto alojado en el útero -y por tanto viable, ya que está en su entorno- cabe, según este código, emprender cualquier tipo de investigación, incluida también la de "perfeccionamiento" de las técnicas conducentes a quitarle la vida.

Se transcriben a continuación los cuatro puntos que establece el código: son en sí mismo ilustrativos de hasta dónde se puede llegar y se ha llegado cuando la Técnica y/o la Ciencia se separan de la Ética.

1) "Investigación del feto en el útero: La investigación y las pruebas pueden llevarse a cabo con la intención de beneficiar a la madre, al hijo que espera o a los dos. Para otras investigaciones y pruebas debe obtenerse el consentimiento explícito.

2) Investigación del feto viable: Cuando el feto es viable, la obligación ética es mantener su vida todo lo posible. No es ni ético ni legal realizar experimentos que sean incompatibles con el tratamiento necesario para prolongar la vida del feto. Se sabe que en muchos casos las técnicas usadas para ayudar a un feto en peligro pueden ser tan nuevas que, en algún grado, pueden considerarse experimentales.

3) Investigación del feto previable en el útero, cuando se ha decidido el aborto o en "abortus". Esta investigación es permisible a condición de que: a) los estudios con animales, si están previstos, se hayan completado; b) la madre y padre tengan capacidad legal y hayan dado su consentimiento, excepto en el caso de que el consentimiento del padre no sea necesario porque su identidad o localización no pueden averiguarse prudentemente; c) las personas relacionadas en la investigación no tengan parte en: 1) cualquier decisión en el cronometraje, método o procedimientos utilizados para interrumpir el embarazo y 2) la evaluación de la viabilidad del feto al término del parto; d) tal investigación será realizada solamente en departamentos directamente dependientes de una institución médica y con la autorización expresa del comité para experimentos humanos; e) antes de permitir dicha investigación el comité para experimentos humanos se asegurará de: 1) la validez de la investigación; 2) que la información requerida no puede ser obtenida de ninguna otra manera y 3) que los investigadores poseen la capacidad, experiencia e integridad necesarias; f) que la disección del feto muerto o los experimentos con el feto o con el material fetal no se realicen en la sala de operaciones o lugar de parto; g) que no tiene lugar ninguna oferta de dinero por los fetos o material fetal; h) que la institución pertinente conserve un acta o memoria completa.

4) Investigación de fetos muertos o con "abortus". Esta investigación es permisible siempre que se respeten las condiciones del párrafo 3 (b o h) y la investigación sea llevada a cabo de acuerdo con la ley local o estatal de regulación de las autopsias, que sea aplicable".

Resulta una profunda ironía pretender un uso "digno" de los fetos humanos, a los que "indignamente" se les ha quitado el primer derecho -el derecho a la vida- en el cual se apoya toda realización humana; carece de valor moral pretender unas condiciones más restrictivas para utilizar un feto, que para quitarle la vida. Por mucho que "hiera la sensibilidad" no es comparable el que algunas industrias cosméticas usen material fetal para la elaboración de sus productos, con la realización de un aborto. La utilización con fines comerciales, como la utilización en la práctica médica, para trasplantes de tejido, por ejemplo, será una cooperación a ese mal, cuya gravedad tiene que ser juzgada según los principios éticos de una tal cooperación. El Ministerio de Sanidad francés ha preparado el anteproyecto de ley a este respecto:

"Esta ley -comenta Valtueña5- trata ante todo de evitar la comercialización de los tejidos de fetos humanos o su utilización abusiva. En este sentido, un caso paradigmático es el que se ha producido en los EE.UU., donde un padre joven, con insuficiencia renal irreversible, decidido a no someterse a más diálisis y con un grupo hístico excepcional se encontró que se esposa se había quedado embarazada con el único fin de sacrificar el feto a una edad avanzada para trasplantar los riñones al padre.

Es evidente que, de ese tipo de utilización del feto, a su venta pura y simple, hay sólo un paso que algunos están dispuestos a dar. Es lo que quiere evitar la legislación francesa, así como también la Asociación Internacional Contra la Explotación de Fetos Humanos, cuyo presidente, Ch. Jacquinot, ha declarado lo siguiente: "Creemos necesario que se establezca una distinción entre fetos muertos y fetos extraídos intactos por cesárea, y también entre las intervenciones de médicos que persiguen un objetivo terapéutico y las de los investigadores que tienen una finalidad puramente científica. La asociación estima que pueden efectuarse tomas de órganos, con fines de investigación, en cadáveres de fetos, previa obtención del consentimiento de los padres y siempre que la muerte del feto no haya sido provocada voluntariamente ni precipitada, y que haya sido verificada por dos médicos que no pertenezcan al equipo utilizador del órgano tomado. La asociación recomienda al Parlamento que prohíba cualquier utilización de embriones o fetos humanos anatómicamente intactos".

Anatómicamente intactos o no, van a morir por asfixia al carecer de oxígeno, minutos después de haber sido extraídos del útero materno, y es tan aborto cuando lleva detrás el calificativo de terapéutico como si lleva el de científico. Pero, como se ve, no se trata de impedir el homicidio sino "de evitar la comercialización de los tejidos fetales o su utilización abusiva".

Puesto que un embrión o feto humano es una persona humana sus cadáveres "voluntariamente abortados o no deben ser respetados como los restos mortales de los demás seres humanos... También en el caso de los fetos muertos, como cuando se trata de cadáveres de personas adultas, toda práctica comercial es ilícita y debe ser prohibida"6.

Un último comentario al Código: si se ha decidido el aborto, ya no parece que haya que considerar -puesto que su vida no tiene ningún valor- el dolor ocasionado al feto. Por razones humanitarias todos los códigos de experimentación animal -cfr. capítulo 15- exigen el empleo de anestésicos y prohíben taxativamente ocasionar daños innecesarios. Sin embargo, en la experimentación humana se ha olvidado la evidencia médica de que el feto da muestras de tener sensación de dolor al final de los tres meses. La investigación afirma7 que, a las 13 semanas y media de gestación, todas las estructuras neurológicas necesarias para la sensación de dolor orgánico existen ya, y el feto responde a estímulos molestos retirándose. Según los datos conocidos los fetos van desarrollando estructuras sensoriales y de la misma forma empiezan a responder a estímulos. Por ejemplo, al final de la 5ª semanas, un ligero golpe en la boca del feto hace que éste contraiga los labios; en la 10ª semana, las palmas de las manos son sensibles al tacto; y en la 11ª, la cara, los dedos de las manos y de los pies son también sensibles al tacto. A las 13 semanas y media estas respuestas son suficientemente elaboradas y demuestran que el feto efectúa ya esfuerzos para evitar estímulos negativos.

Una vez más queda bien patente que hay una gran diferencia entre lo que es justo por naturaleza y lo legal. Ni la despenalización del aborto ni la autorización de experimentar con embriones, restan la responsabilidad de estas acciones. Es semejante a lo que ocurrió en Núremberg al juzgar a los criminales nazis; para los que defienden que lo lícito éticamente y lo justo se reduce a lo legal, aquellos hombres eran inocentes, porque todo lo que habían hecho era atenerse a las leyes del III Reich con absoluta perfección; pero cualquiera sabe que lo que estos hombres cometieron fueron auténticos crímenes.

d) "Producción" de embriones humanos

Los iniciadores de la aplicación a la reproducción humana de la fecundación "in vitro", Edwards y Steptoe (cfr. capítulo 23) comenzaron a cultivar los embriones obtenidos también sin intención de realizar la transferencia de los mismos al útero de una mujer que convenientemente preparada mediante tratamiento hormonal pudiera completar su gestación. El objetivo de sus trabajos fue no sólo tratar mediante la fecundación artificial de dar solución al deseo de matrimonios estériles de tener un hijo, sino también disponer de embriones humanos para una experimentación de la que se obtendrían "innumerables beneficios": la contracepción inmunológica, el uso de tejidos embrionarios para trasplantes, los estudios sobre el cáncer, la posibilidad de elegir el sexo de los futuros niños, el diagnóstico precoz de anomalías congénitas, la posibilidad de hacer clonaje, etc. Estos experimentos provocaron, en 1983, la denuncia del Colegio Nacional de Médicos de Gran Bretaña. A la técnica se añadió, después, una nueva etapa: congelación del embrión en nitrógeno líquido a -190°C y posterior descongelación, con lo que se ofrece la "ventaja" de la creación de un banco de embriones para un "tráfico de embriones humanos". La alarma por esto y por el peligro de alteraciones monstruosas en esos embriones ha llevado al Colegio de Médicos de Gran Bretaña a advertir a todos sus miembros que eviten cualquier tipo de colaboración con estos investigadores.

"Los embriones humanos obtenidos "in vitro" son seres humanos y sujetos de derechos: su dignidad y su derecho a la vida deben ser respetados desde el primer momento de su existencia. Es inmoral producir embriones humanos destinados a ser explotados como "material biológico" disponible... Los métodos de observación o de experimentación, que causan daños o imponen riesgos graves y desproporcionados a los embriones obtenidos "in vitro" son moralmente ilícitos por la misma razón. Todo ser humano ha de ser respetado por sí mismo y no puede quedar reducido a un puro y simple valor instrumental en beneficio de otros"8.

Algunos laboratorios investigan en la actualidad técnicas complementarias para la reproducción artificial, cultivo de ovarios y formación de placentas artificiales, para conseguir el desarrollo embrionario fuera del seno materno, con lo que se pretende aumentar la disponibilidad de seres humanos al servicio de la experimentación.

Como es obvio, es ilícita cualquier participación, directa o indirecta, en este tipo de trabajos, o cualquier colaboración en el referido "tráfico", ya sea en la compra, ya sea en la venta del material fetal obtenido por estos sistemas. Prestarse a ello supondría una cooperación.

No hay absolutamente nada que justifique esta masiva disposición de la vida de seres humanos. Se intenta convencer de que esas vidas humanas así comenzadas, son un producto de la Ciencia que ha creado la vida a partir de un óvulo y un espermatozoo con independencia de los padres, durante los pocos días que dura el proceso de laboratorio. Argumento que no suscribiría nadie con un mínimo de conocimientos biológicos sobre los procesos implicados en la reproducción. Esos primeros días de la existencia de un nuevo ser, pasados en un laboratorio, lo que sí muestran científicamente es que esa vida es diferente e independiente hasta ese punto de la de sus progenitores9.

Notas

(1) HOULT, R.L. "The meaning of human life". Nature, 316, 480, 1985.

(2) PONZ, F. "Homeostasis, Automatismo y Libertad". Conferencia de la Apertura curso 1979-80 en la Universidad de Navarra.

(3) LOPEZ GARCIA, G.: "Comienzo de la vida del ser humano". Rev. Med. Univ. Navarra, 29, 227-232, 1985.

(4) HODES, M.L. et al. "AAP code of ethics for the use of fetuses and fetal material for research". Pediatrics, 56, 304-305, 1975.

(5) VALTUEÑA, J.A., Jano, 566, 19, 1983.

(6) RATZINGER, J. "El respeto de la vida humana naciente y la dignidad de la procreación". Documento de la Congregación para la Doctrina de la Fe. I, 4, 1987.

(7) "Foetal Pain and Abortion: the Medical Evidence". Americans United for Life. En NC News Service. Chicago, 9.VIII.84.

(8) RATZINGER, J. "El respeto de la vida humana naciente y la dignidad de la procreación". Documento de la Congregación para la Doctrina de la Fe. I, 5.

(9) La revista Nature ha reflejado a partir de 1985 la polémica sobre los temas: "When does life begun?" y "Embryo research". Algunas cartas se encuentran en: 314, 492, 1985; 320, 208, 1986; 314, 666, 1985; 316, 480, 1985; 313, 618, 1985; 313, 728, 1985; 314, 11, 1985; 314, 127, 1985.

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