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ENSAYOAlejandro Palacios Jiménez

De acuerdo al artículo 3 del Tratado de la Unión Europea (TUE), los objetivos comunitarios se enmarcan en la promoción de la paz por medio del impulso de la libertad, seguridad y la justicia. Sin embargo, las situaciones de inestabilidad externas pueden hacer mermar la consecución de tales objetivos internos. ¿Será capaz la UE de dar una respuesta eficaz a tales situaciones sin traicionar a los valores que la crearon?

Este artículo trata de exponer los principales esfuerzos mediadores que realiza la Unión Europea como entidad supranacional. Este artículo no pretende, sin embargo, ofrecer un profundo análisis en el tema de la mediación, sino mostrar las principales instituciones que, a nivel europeo, intentan dar una respuesta a los conflictos a través de la mediación como proceso de resolución pacífica de (potenciales) controversias.

La mediación se ha vuelto cada vez más importante en su labor tanto de prevención como de resolución de conflictos en muchos ámbitos. El hecho de que la mediación resulte económicamente más viable que una guerra, y de que ésta permita llegar a situaciones más favorables para ambas partes, ha favorecido su uso para mitigar los conflictos. Consecuentemente, la UE está dándole una mayor importancia a la mediación, siendo la Unión Europea una de las instituciones supranacionales más importantes dedicadas a esta labor.

¿Qué se entiende por mediación? Este es un proceso alternativo de resolución de conflictos, fundamentado en el diálogo, a través del cual las partes implicadas, de manera voluntaria y confidencial, se reúnen con un mediador imparcial que les guiará a la hora de conseguir un acuerdo beneficioso para ambas partes. En resumen, mediar es ayudar a comunicarse. Aun teniendo esto claro, las distintas organizaciones que se dedican a ello difieren en la manera de llevarlo a cabo. En nuestro caso, la Unión aprovecha su carácter normativo y resiliencia para mediar en conflictos que podrían suponer inestabilidad cerca de sus fronteras externas mediante acuerdos, principalmente de carácter económico.

El compromiso de la UE con la mediación quedó plasmado por primera vez en el “Concept on Strengthening EU Mediation and Dialogue Capacities”, elaborado en 2009. Aunque la entrada en vigor del Tratado de Lisboa modificó su modus operandi, dicho documento sirvió para sentar las bases de los objetivos de la UE en materia de diálogo y cooperación. Por un lado, expandió la definición de mediación incorporando el diálogo y la facilitación y, por otro lado, trató a la mediación como “instrumento de respuesta primaria”, es decir, como un instrumento al cual recurrir en primera instancia. Además, el Concepto hace hincapié en incorporar la mediación como parte integral de la política exterior de la Unión para así desarrollarla de una manera más sistemática, en vez de concentrar estas acciones en meras misiones ad hoc.

El Tratado de Lisboa, firmado en 2007 y en vigor desde 2009, permitió la creación de un Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) más eficiente, completo y cuasi-independiente, dentro del cual se desarrolló la Política Exterior de Seguridad y Común (PESC), haciendo posible un tratamiento más completo del tema de la resolución pacífica de controversias. De hecho, la PESC supuso una mejora de las capacidades de la UE en relación a, por un lado, los instrumentos diplomáticos y diálogo político, y, por otro lado, de la estrategia contra la proliferación de armas nucleares.

Este compromiso de la UE se plasma también en su implicación a diferentes niveles que difieren según la importancia que la UE otorgue a cada proceso. Existen dos vías de actuación: la primera hace referencia a la asistencia que la UE le brinda a la ONU en su labor particular para la prevención de conflictos. Esto lo hace mediante la aportación de tropas, agentes de policía y observadores internacionales sus operaciones, lo que supone un total de casi 6.000 efectivos, es decir, más del 6% del personal total. La vía alternativa es que la UE en sí misma ejerza de actor en el proceso a través de los Representantes Especiales de la Unión Europea (EUSRs, en inglés), diplomáticos elegidos por la Alta Representante para cumplir con un mandato específico. Un ejemplo de esto son las llamadas “CSDP Missions” relativas a la resolución del conflicto entre Albania y Macedonia, conocido como el acuerdo de Ohrid en 2001; así como en el Acuerdo de Paz de la región Aceh en 2005. En ocasiones es la Alta Representante la que directamente hace de mediadora en los conflictos, tal ha sido y es el caso de las charlas E3+3 con Irán sobre su programa nuclear o el diálogo Belgrado-Pristina.

En materia de actuación, la Unión Europea presenta estrategias tanto a largo como a corto plazo, dando prioridad las primeras.

La acción a largo plazo de la UE se centra en atacar las causas estructurales que impiden la vida pacífica en una región específica. Tales acciones se basan en la premisa de que la mayoría de los conflictos se deben a las diferencias socioeconómicas de las regiones en vías de desarrollo tales como Filipinas, Irak o Georgia. La UE se centra en dar estabilidad y cohesión a la región, principalmente a través de la ayuda comercial. En esta tarea, la Unión facilita el acceso al mercado europeo de los productos provenientes de estas zonas. Un claro ejemplo de esto se ve en el hecho de que la Unión Europea es el principal socio comercial para África.

Además, la Unión Europea, a través de sus delegaciones, realiza planes de cooperación consular para hacer frente a posibles situaciones de crisis, incluidos planes de contingencia, es decir, procedimientos alternativos a la normal operatividad de una institución. Su finalidad es la de permitir funcionamiento de ésta, aun cuando alguna de sus funciones deje de hacerlo por culpa de algún incidente tanto interno como ajeno a la organización. En la actualidad, dichos planes están siendo desarrollados en países como Nepal, Gaza, Libia, Lesotho o la India.

Estas acciones requieren un profundo análisis de la región en cuestión mediante la elaboración de una hoja de ruta lo suficientemente flexible que le permita a la UE reaccionar ante un cambio sustancial en las circunstancias que rodean al conflicto (nuevo estallido del conflicto, aumento de la tensión, desastres naturales que acarreen aún más desplazados…) Por ello, no cabe un acercamiento global y uniforme en la mejora de las condiciones estructurales para la prevención de conflictos.

En relación al corto plazo, la UE creó en 2001 el llamado “Mecanismo de Acción Rápida”. Este consiste en apoyar a las víctimas y proporcionar ayuda económica a ONG, organizaciones regionales, agentes públicos, privados y otros actores con experiencia y capacidad de actuación en la zona afectada. Dichas aportaciones se realizan a fondo perdido, es decir, el prestatario no tiene la obligación de devolverle al prestamista, en este caso la UE, el dinero prestado. Además, la Unión realiza, según el Reglamento ECHO aprobado en 1996, misiones de apoyo a las víctimas civiles por causas naturales o acción humana. Así, la UE lleva a cabo labores como ayuda humanitaria en Siria, asistencia médica en África Occidental por el surgimiento del Ébola, suministro de agua o construcción de refugios en la República Centroafricana, entre otras. Todo esto es posible, gracias a los casi 1.000 millones de euros destinados cada año por la Unión Europea a estas tareas.

Ambas acciones están coordinadas por la Comisión, la cual, una vez finalizadas las acciones, evalúa si éstas han contribuido como se esperaba a los objetivos previamente fijados. Todo esto permitirá, a corto plazo, restablecer mínimamente las condiciones de estabilidad en la zona afectada.

Además de todo ello, la Unión ejerce un papel importante en lo que se refiere a la financiación de proyectos de organizaciones ajenas destinadas a la prevención de conflictos. En este sentido, la UE cuenta con dos órganos principales. El primero es el llamado Instrument Contributing to Stability and Peace (IcSP), antiguamente Instrument for Stability (IfS), que actualmente financia más de 200 proyectos en más de 75 países, tarea para la cual cuenta este curso 2014-2020 con 2,3 billones de euros. El segundo es el African Peace Facility (APF), fundado en 2004. Este sistema, financiado por el Fondo Europeo de Desarrollo y que destina anualmente alrededor de 1,9 billones de euros, permite a la Unión proveer al continente africano de fondos para financiar los esfuerzos de la Unión Africana en materia de paz y seguridad.

Por otro lado, cabe destacar las alianzas que la Unión ha establecido con organizaciones independientes pertenecientes al ámbito la sociedad civil. La más importante de todas es la European Peacebuilding Liaison Office (EPLO). Fundada en 2001, su misión es influenciar a los políticos europeos para que tomen una acción más efectiva y eficiente en el ámbito de la mediación. En total, EPLO cuenta con 33 organizaciones asociadas de 13 países europeos (Berghof Foundation, Interpeace…) más los llamados academic friends, que es una red informal de académicos que trabajan en temas relacionados con la resolución pacífica de controversias.

La organización EPLO, gracias a la financiación de las organizaciones miembros y de la Unión, lleva a cabo proyectos paralelos cuyo objetivo es la promoción del diálogo entre políticos europeos y la sociedad civil. Destacan la Red de Diálogo de la Sociedad Civil (CSDN, en inglés) y la Capacidad Civil de la Unión Europea (EU-CIVCAP, en inglés).

En conclusión, el compromiso de la Unión Europea con la mediación se plasma tanto en la acción individual como en el apoyo a esta amalgama de organizaciones dedicadas a la búsqueda de un método alternativo de resolución de controversias. Los múltiples esfuerzos en este sentido reflejan las preocupaciones una sociedad cada vez más comprometida con el desarrollo de políticas pacíficas, en oposición a unas beligerantes que no podrían más que sumir a la humanidad en la violencia, la pobreza, la incertidumbre y el miedo.

 

Bibliografía

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