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ARTÍCULO

Financiación pública de medicamentos. Aspectos éticos

Título de la revista: AULA DE LA FARMACIA
ISSN: 1697-543X
Volumen: 10
Número: 105
Páginas: 31 - 42
Fecha de publicación: 2014
Resumen:
Los medicamentos son bienes que contribuyen a que se haga efectivo el derecho a la protección de la salud. Con el fin de preservar el citado derecho, los distintos Estados establecen medidas legales, generalmente de máximo rango. Así, por ejemplo, la Constitución española reconoce, en el artículo 43.1, el derecho a la protección de la salud. Los distintos servicios de salud y los medicamentos favorecen la prevención y tratamiento de enfermedades y, por lo tanto, es lógico que formen parte de las prestaciones ofrecidas por la administración sanitaria. Por otra parte, la financiación de los servicios de salud y los productos farmacéuticos refleja el reconocimiento por la sociedad de que la salud es un derecho fundamental al que deben tener acceso todos los grupos de la población4. En este sentido, el artículo 88.1 de la Ley 29/20065 ¿reconoce el derecho de todos los ciudadanos a obtener medicamentos en condiciones de igualdad en todo el Sistema Nacional de Salud¿. De esta forma, el sistema sanitario público asume la totalidad, o una parte, del coste económico para garantizar el derecho a obtener los medicamentos, productos o servicios sanitarios necesarios para promover, conservar o restablecer la salud. La financiación pública se acompaña de una intervención en los precios para garantizar que el gasto sea sostenible para el sistema sanitario público. A partir de estas premisas, que son aceptadas mayoritariamente por todos los agentes sociales, se suscitan una serie de interrog
Impacto: