Resumen:
Los enunciados del Derecho penal (legislación, jurisprudencia y dogmática) presentan carácter normativo. Con el fin de evitar la arbitrariedad de los enunciados que empleamos (el riesgo de constructivismo), es preciso establecer ciertos límites y condicionamientos. Estos límites no son de carácter empírico, sino normativo. Concretamente, se propone que dichos límites provienen de la coherencia lógica, la consistencia valorativa y la capacidad performativa de los enunciados. Establecidos estos límites, se procede a ejemplificar cómo se presentan en diversas operaciones de la legislación, aplicación del Derecho y la dogmática.