Resumen:
En Derecho, la muerte supone la extinción de la personalidad. Donde hasta entonces había una persona (sujeto) pasa a haber un cadáver (objeto, aunque no cualquier objeto); donde existían unos derechos que se sustentaban en esa personalidad (derechos personalísimos) ya no los hay, se extinguen, desaparecen con la persona misma; y los demás derechos, quedan momentáneamente sin titular y se transmiten a través de la herencia.