La realización
de prácticas de estudiantes universitarios
en empresas está regulada por los reales
decretos 1497/1981 de 19 de junio y 1845/1994 de
9 de septiembre referidos a los programas de cooperación
educativa. Según estos textos, sólo
los alumnos de segundo ciclo pueden realizar prácticas,
tanto en verano como durante el curso académico,
lo que significa tener aprobados el 50% de los
créditos de la licenciatura. Ésta
no es por tanto una decisión que dependa
de la Universidad de Navarra.
Los alumnos que se incorporen a una empresa con
la condición de becarios, deberán
contar con toda la documentación necesaria
antes de iniciar su periodo de prácticas.
En caso de comenzar este proceso formativo sin
haber recibido aún todos los documentos
que regulan su situación en la empresa,
la Universidad de Navarra no se hará cargo
de ese alumno hasta que su presencia en la compañía
no esté regulada.
Según la legislación que regula
la relación entre empresa y universidad,
los alumnos licenciados no podrán formar
parte de los programas de becas. Por este motivo,
aquellos que hayan superado el 100% de sus créditos
podrán optar, a partir de septiembre:
- A la bolsa de trabajo
- Prorrogar su condición de estudiante
y mantener su posible estatus de becarios a través
de un programa PIE, exclusivamente.
|